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Cómo darse de baja en el paro

21 julio, 2022
Cómo darse de baja en el paro

Cualquier persona que se encuentre desempleada y cobre una prestación contributiva tiene la obligación de comunicar al INEM, en el caso de que encuentre empleo, su nueva situación laboral y su voluntad de darse de baja en el cobro de la prestación de desempleo. Esta obligación afecta únicamente al trabajador, y por ende, el empresario solo debe comunicar su alta a la Seguridad Social, y no a la oficina de empleo. Si quieres conocer los pasos sobre de qué manera darse de baja en el paro, no te pierdas este artículo de Sabioz.

¿Qué se debe comunicar?

El nuevo trabajador deberá informar sobre qué género de contrato laboral ha firmado, en tanto que dependiendo de cuál sea, puede provocar unos efectos o bien otros.

De esta forma, si un desempleado firma un contrato laboral a tiempo completo, renuncia al cobro del subsidio, pero cotiza a la Seguridad Social, tanto para la jubilación para pedir, de nuevo, la prestación por desempleo.

En cambio, si el parado firma un contrato a tiempo parcial puede cobrar el paro incluso trabajando. El subsidio o prestación se dismuyen proporcionalmente al número de horas que se trabaja. Es decir, si se firma un contrato a tiempo parcial y la jornada es de cuatro horas al día, la prestación o subsidio que va a cobrar será del 50% del valor de la prestación.

No se debe olvidar que también se cotiza a la Seguridad Social, pero de forma proporcional a la jornada de trabajo. Si el desempleado no comunica que ha encontrado trabajo, se expone a la perder el derecho de cobrar el subsidio o prestación durante un año.

¿Cómo puedo darme de baja en el paro?

Existen diferentes vías por las que se pueden comunicar la baja del paro:

  • Por teléfono, llamando al 901 11 99 99.
  • Solicitando cita precedente y comunicándolo directamente en la oficina del INEM más cercana a su domicilio.
  • Por internet: Para acceder al servicio que pone a predisposición la página del SEPE se precisa de DNIe o certificado electrónico.

Las personas que opten por comunicar presencialmente la baja en el cobro de la prestación deben rellenar un impreso que está libre en la propia oficina o en la página del SEPE. Con este formulario también se puede pedir la modificación de datos personales o el cambio de la cuenta bancaria.

Personas obligadas a hacer la comunicación

Las personas que cobran una prestación por desempleo que están obligadas a comunicar la baja en el paro son:

  • Los que se pongan como trabajadores por cuenta extraña.
  • Los trabajadores que decidan registrarse como autónomos.
  • Por conseguir la edad mínima de jubilación.
  • Incapacidad temporal por enfermedad común.
  • Invalidez temporal o permanente.
  • Invalidez permanente absoluta o gran invalidez.
  • Maternidad/Paternidad.

Los desempleados que pidan la baja del paro por colocación como trabajador por cuenta extraña o como autónomo pueden pedir de nuevo la prestación por desempleo en el momento en que concluyan el contrato de trabajo. En cambio, las personas que ingresen en prisión se les puede privar del cobro del paro, pero eso se debe hacer establecer por medio de sentencia judicial.

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